Colombia aprueba Código de Policía que violenta libertades
Los
principales detractores del nuevo reglamento para el cuerpo de seguridad y la
ciudadanía apuntan a que éste es represivo, arbitrario y dictatorial.
Luego
de más de 11 horas de debate, una subcomisión de la plenaria de la
Cámara de Representantes de Colombia aprobó este jueves en la noche el nuevo
Código de Policía y Convivencia. Sin embargo, aún le queda pendiente la
conciliación con el Senado. Entre tanto, hay quienes califican a este
código de represivo, arbitrario y dictatorial.
Sus
más de 240 artículos buscan regular el comportamiento de los
ciudadanos en todo el territorio y pretende actualizar las herramientas de
la Policía Nacional, para mantener la convivencia en ámbitos que no están
contemplados en el actual Código, que está en vigencia desde hace 40
años.
Este
compendio de normas y principios jurídicos para el cuerpo policial
también consagra la facultad de la policía para disolver
una protesta social, el allanamiento sin orden judicial, la detención
administrativa arbitraria, la posibilidad de que cualquier
funcionario imponga multas, el uso del espacio público, la creación
de centros de detención para borrachos e indigentes, entre otras
disposiciones.
Así
que no en vano el Código impulsado por el Gobierno
colombiano y presentado por el senador, Germán Varón, del partido
Cambio Radical, es considerado por sus principales detractores como represivo,
arbitrario y dictatorial; pero más importante aún como un reglamento que
no es coherente con un escenario de posconflicto.
Tomando
en cuenta únicamente la disposición que prohíbe la ocupación del espacio
público que plantea el nuevo orden jurídico, quienes no están de acuerdo con
esta ley han señalado que el 51 por ciento del empleo en Bogotá es
informal, por lo que se irá en detrimento en contra de un gran número de
ciudadanos.
Lo
avalado por el Código se aplicaría como tal, después de tres días de la
implementación pedagógica, y en él se plantean normas que tocan todo tipo
de aspectos cotidianos.
El
nuevo código sustituye al que rigió los cuerpos policiales en
Colombia por 40 años.
Artículos
que generan polémica
1. Allanamiento
sin orden judicial: El
articulado permite que la Policía ingrese a un inmueble sin una orden
escrita. Pero supuestamente solo si hay que socorrer a alguien que ha
pedido auxilio; si hay que extinguir un incendio o si hay que remediar alguna
inundación; si hay que cazar a un animal rabioso fuera o feroz fuera de
control; o si se presenta cualquier otra situación el
funcionario considere que se "requiera su ayuda".
2. Detención
administrativa:
También establece que la Policía podrá trasladar a personas en estado de indefensión,
grave alteración de la conciencia, o bajo los efectos de sustancias
psicoactivas o alcohólicas.
3.
Control ciudadano:
Los funcionarios podrán cerrar moteles o prostíbulos ubicados en las zonas
residenciales; suspender fiestas o sellar de manera temporal establecimientos;
e incluso establece que las autoridades podrán controlar en las salidas de las
salas de cine que las personas que ven las películas cumplan con la
clasificación de las cintas.
Además
se ha prohibido el uso de gas pimienta y la pólvora. Se
otorgarán multas para quienes protagonicen riñas en la calle y actos
circenses. También se le otorga autoridad a los uniformados para que
puedan registrar personas, bienes, así como para ingresar a las instituciones
educativas cuando se produzcan conductas que afecten la convivencia.
Otra
prohibición que consagra es la de hacer grafitis, pero con la aclaración
de que quienes los hagan también recibirán multas y tendrán que reparar
los daños causados.
4.
Manifestaciones y movilizaciones sociales: de ahora en adelante todos estarán
obligados a avisar cuándo se va a hacer una protesta social. Pero además, las autoridades
podrán disolver de manera legal cualquier protesta si éstas "lo crean
pertinente".
5. Uso de la
fuerza permitido: El cuerpo policial podrá usar la fuerza,
ya sea por iniciativa propia o por petición de otra persona. Supuestamente solo
se aplicará en casos en los que se tiene que prevenir comportamientos
contrarios a la ley; por si se niegan a cumplir las medidas correctivas; o para
defenderse o defender a alguien que esté en riesgo de ser afectado en su
integridad.
6.
Uso de instrumentos para ejercer sus funciones: También podrán usar
“medios de apoyo de carácter técnico, tecnológico o de otra naturaleza, que
estén a su alcance” para mantener la seguridad. Según lo aprobado, estos
instrumentos “deberán ser usados bajo los criterios de necesidad,
proporcionalidad y racionabilidad según las circunstancias específicas; su
empleo se hará de manera temporal y solo para controlar a la persona”.
7. Apoyo civil: El
reglamento plantea que la Policía podrá pedir ayuda de los particulares,
si está en riesgo la vida o integridad de una persona.
En
contexto
Recientemente,
sin que este Código entrara en vigencia, las protestas lideradas por los
indígenas, campesinos y comunidades afrodescendientes fueron fuertemente
reprimidas por el Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) y en los
hechos murieron 3 indígenas, 134 detenidos y más de 100
heridos. Las comunidades simplemente estaban haciendo el reclamo legítimo de
sus derechos y a modo pacífico.
Por: teleSUR | Foto: Archivo / Policía Nacional


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